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La jurisprudencia como fuente del ordenamiento jurídico

  • derechoahora
  • Jan 25, 2016
  • 2 min read

La jurisprudencia es la actividad de interpretación y aplicación del Derecho en los conflictos jurisdiccionales, actividad ejercida únicamente por los Juzgados y Tribunales del país. Los jueces y los magistrados son los encargados de interpretar y aplicar la Ley y deben hacerlo de conformidad con los preceptos del ordenamiento jurídico, de la Constitución y de la Ley. En este sentido, la actividad jurisprudencial está sometida y debe obedecer a las fuentes del Derecho, establece el propio Código Civil.


Empero, la jurisprudencia, a través de la doctrina reiterada desarrollada por el Tribunal Supremo, adquiere un valor de complemento del ordenamiento jurídico, ya que, aunque se posicione secundariamente respecto a las fuentes del Derecho (la Ley, costumbre y principios generales del Derecho) es capacitada para aplicar sus propios criterios (su propia doctrina) al ordenamiento, que tienen trascendencia normativa, aunque también un carácter subsidiario. Los criterios jurisprudenciales no significan una creación libre del Derecho, sino que han de encontrarse fundamentados en el propio sistema de fuentes.


Art.1.6. CC: "La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho."


De esta manera, el Código Civil deja bastante claro que la jurisprudencia no es una fuente del Derecho sino un completo para el ordenamiento, denominación que puede ser criticable, ya que en la práctica realiza la función propia de las fuentes, pues sus desarrolos devidamente reiterados y autorizados adquieren trascendencia normativa y son aplicados al ordenamiento.


De esta manera se puede concluir que la jurisprudencia no tiene sólo las funciones de interpretar y aplicar las normas jurídicas a los conflictos de intereses, sino que también complementa al ordenamiento mismo, con la formulación por el Tribunal Supremo de criterios que adquieren trascendencia normativa con su reiteración y autorización.

ESQUEMA

JURISPRUDENCIA > Juzgados y Tribunales (Jueces y Magistrados) > aplicar y interpretar el Derecho a los litigios > ejercicio de la potestad jurisdiccional


JURISPRUDENCIA > complementar al ordenamiento jurídico > función subsidiaria al uso del sistema de fuentes (Ley, costumbre, principios generales del Derecho) > creación de Derecho fundamentada en el sistema de fuentes (no es una creación libre) > doctrina reiterada del Tribunal Supremo > autorizada, adquiere trascendencia normativa > es aplicada al ordenamiento > función de complementación del ordenamiento

 
 
 

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